Cuándo se paga y cómo calcular el primer medio aguinaldo de 2021

Durante junio, los trabajadores en relación de dependencia recibirán el pago del primer medio aguinaldo, correspondiente al Sueldo Anual Complementario.

El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos: un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre.

Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.

¿Cuándo se paga?

El aguinaldo tiene que pagarse hasta el 30 de junio, el primer SAC. El segundo es en diciembre, hasta el 18.

Calcular el aguinaldo

Aplicá la siguiente fórmula: (el salario / 12) x los meses trabajados.

  • Ejemplo 1: el trabajador empezó a trabajar en marzo de 2017. Su salario es de $2.500. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (2.500/12) x 4. El valor del aguinaldo es $833.
  • Ejemplo 2: la trabajadora empezó a trabajar hace seis años. El mejor salario del primer semestre de 2017 equivale a $7.000. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (7.000/12) x 6. El valor del aguinaldo es $3.500.

¿Cuántos meses se debe trabajar para cobrar el aguinaldo?

No es necesario trabajar durante un tiempo determinado para acceder al cobro ya que si durante el semestre (de enero a junio) una persona no trabajó todos los meses (ya sea porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados.

Horas extra y licencias

Cada trabajador o trabajadora deberá tener en cuenta que las horas extra o las comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual obtenida. Sin embargo, cabe remarcar que en caso de que los horarios de trabajo se viera modificado por un acuerdo y eso hiciera que el trabajador se desempeñe durante menos horas se debe evaluar de nuevo el mes con mayor ingreso sin considerar el tiempo de trabajo.

Además, para las mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio familiar. Por eso solo hay que considerar únicamente los meses trabajados en el semestre antes o después de la licencia. Lo mismo aplica a las licencias sin goce de sueldo, las cuales consideran para el cálculo del aguinaldo únicamente los meses en los que se abonó el salario.

¿Cobran el aguinaldo los beneficiarios por AUH y AUE?

A los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE) no les corresponde el cobro del aguinaldo, ya que este se paga a trabajadores en relación de dependencia o a quienes hayan realizado aportes en el pasado bajo ese concepto, tal como los jubilados. No obstante, quienes sí lo recibirán son los titulares de Asignaciones Familiares por Hijo, pero no de parte de ANSES.

La nueva Ley del Impuesto a las Ganancias excluye el aguinaldo

El Gobierno nacional reglamentó un cambio en la Ley de Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de la cuarta categoría, con lo cual cerca de 1.270.000 de trabajadores que cobran hasta $150.000 brutos ya no pagarán el tributo, a la vez que el aguinaldo dejará de formar parte del cálculo del gravamen.