Autorizan obtención de datos biométricos para desbloquear celular de acusado por explotación sexual

El Juzgado Federal N°1 de Tucumán ordenó la obtención compulsiva de los datos biométricos para desbloquear el teléfono celular de una persona procesada por promoción y facilitación de la prostitución agravada de siete adolescentes.

De esta manera, hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para que se tome la huella dactilar o reconocimiento facial del hombre procesado por facilitar la prostitución de las jóvenes, a quienes habría contactado a través de medios digitales con la finalidad de captarlas y explotarlas sexualmente en un lujoso hotel de la capital provincial.

La medida ordenada fue impugnada por la defensa del acusado, por lo que la decisión del juez de primera instancia deberá ser revisada por la Cámara de Apelaciones de Tucumán.

El dispositivo a analizar (Iphone 13) fue remitido a la Policía de Seguridad Aeroportuaria para su análisis forense, pero no pudo ser desbloqueado.

Ante la imposibilidad de acceder al material por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el juez Fernando Poviña consideró que se debe ordenar la obtención compulsiva de los datos biométricos del imputado para desbloquear su celular y proceder a su estudio forense por parte del personal técnico correspondiente, sin lesionar de manera alguna la dignidad de su persona y su derecho a un debido proceso.

El fiscal federal que interviene en la causa, Agustín Chit, había solicitado la implementación de esta medida a principios de agosto, informó hoy el sitio fiscales.gob.ar.

En su dictamen, analizó si la petición voluntaria del acceso a la información del dispositivo o, en su defecto, la obtención compulsiva de datos puede implicar una afectación a las garantías procesales, a la intimidad de la persona investigada, o si implica un acto de autoincriminación.

Al respecto, Chit sostuvo que la injerencia en la integridad corporal del afectado guarda una razonable proporción con la gravedad del hecho investigado.

Para el fiscal, la medida de prueba aparece «como una diligencia razonable en función de los objetivos del proceso, incluso ante la posibilidad de llevarse a cabo de manera coercitiva», ya que «la práctica permitirá arribar a la verdad objetiva de los hechos investigados en esta causa, de delitos sumamente graves».

En julio, el imputado fue detenido por haber captado a una joven de 15 años y por haberla utilizado para que le consiguiese contactos de otras menores de edad de su entorno.

De acuerdo con la investigación, los vínculos fueron establecidos mientras el acusado se encontraba en Estados Unidos, donde residía.

El hombre proyectó encuentros con al menos siete jóvenes que se llevaron a cabo en febrero y abril de este año en el hotel de cinco estrellas, durante los periódicos viajes que el imputado realizaba a Tucumán.

El 1 de agosto Chit solicitó que se convocase al procesado para que, en presencia de sus abogados defensores, aportase la clave de desbloqueo de su teléfono celular, bajo apercibimiento de obtenerla de manera coercitiva, con la documentación y registración fílmica del procedimiento.

Chit requirió que estas tareas se llevaran a cabo en el laboratorio de la Gendarmería Nacional, con presencia de personal profesional idóneo para practicar la extracción de datos forenses del teléfono.

Para Chit, existen elementos objetivos que permiten presumir que el material que se obtendrá del teléfono «implicará un aporte significativo para el cúmulo de prueba que este MPF pretende producir».

Al respecto, destacó el testimonio de las víctimas, quienes narraron cómo se comunicaban habitualmente con el imputado a través del servicio de mensajería Whatsapp, lo cual está corroborado por las capturas de pantalla obtenidas del material aportado por las víctimas, de donde surge el intercambio de mensajes aludido.

Incluso se verificó que una de las damnificadas se tomó una fotografía en el baño del hotel con el teléfono del imputado.