La Justicia volvió a rechazar un pedido de Cristina Kirchner para flexibilizar su prisión domiciliaria

El Tribunal Oral Federal N°2 rechazó por unanimidad un nuevo planteo de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner, que había solicitado modificar algunas de las condiciones bajo las cuales la expresidenta cumple prisión domiciliaria por la Causa Vialidad.

La resolución mantuvo sin cambios el esquema vigente: continuará el régimen de visitas establecido, seguirá siendo obligatorio el uso de la tobillera electrónica y también se conservarán las limitaciones para acceder a la terraza del domicilio ubicado en el barrio porteño de Constitución.

De acuerdo con el fallo, no se presentaron elementos nuevos que permitan revisar las pautas fijadas al momento de otorgarle el beneficio. Además, el tribunal remarcó que esas condiciones ya habían sido confirmadas por instancias judiciales superiores.

El pedido había sido realizado por los abogados de la exmandataria, quienes señalaron que Cristina Kirchner cumplió las reglas de conducta desde el inicio de la ejecución de la pena, el 17 de junio de 2025. También plantearon que no existía riesgo de fuga y mencionaron cuestiones vinculadas a su estado de salud.

Sin embargo, el fiscal Sergio Mola se opuso a la solicitud y consideró que no había motivos suficientes para modificar el régimen de control vigente.

Uno de los puntos centrales del planteo era dejar sin efecto la tobillera electrónica. El tribunal, en cambio, sostuvo que este mecanismo está previsto como regla general para quienes cumplen arresto domiciliario y que no se acreditaron razones médicas, técnicas u operativas excepcionales para retirarlo.

La Justicia también rechazó flexibilizar el ingreso de personas al domicilio. En ese sentido, entendió que los controles no representan una sanción extra, sino una medida necesaria para supervisar el cumplimiento de la condena.

Respecto al uso de la terraza del edificio de la calle San José 1111, se ratificó el esquema actual: Cristina Kirchner podrá acceder una vez por día, durante un máximo de dos horas y únicamente en horario diurno.

El fallo también mencionó las concentraciones de militantes y simpatizantes en las inmediaciones de la vivienda. Sobre ese punto, el tribunal concluyó que no existen pruebas que permitan atribuirle a la exvicepresidenta conductas incompatibles con las reglas de la prisión domiciliaria ni informes de seguridad que justifiquen imponer nuevas restricciones.