Una resolución judicial volvió a abrir el debate sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil. La jueza porteña Laura De Marinis consideró inconstitucional, para un caso particular, el artículo que permite aplicar el sistema penal desde los 14 años y dispuso el sobreseimiento de un adolescente acusado de participar en una tentativa de robo.

La decisión fue adoptada por el Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires. El joven estaba imputado junto con otras tres personas por un hecho ocurrido el pasado 10 de septiembre.
A diferencia de lo sucedido semanas atrás en la provincia de Buenos Aires, la resolución de De Marinis no deja sin efecto la ley de manera general. Sus alcances se limitan al expediente analizado y a la situación del adolescente involucrado.
La magistrada declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801, norma que establece un régimen penal para adolescentes desde los 14 años y hasta cumplir los 18.
Entre sus argumentos, De Marinis sostuvo que aplicar la nueva legislación al joven implicaría una respuesta estatal más severa que la existente antes de su entrada en vigencia. Bajo el sistema anterior, explicó, un adolescente de esa edad podía quedar bajo la intervención de organismos de protección integral, pero no era sometido a persecución penal.
En el fallo, la jueza también planteó que frente a situaciones atravesadas por vulneraciones de derechos durante la infancia y adolescencia, el Estado debe priorizar herramientas vinculadas con la educación, la salud, la contención y la asistencia social, dejando la intervención penal como último recurso.
El pronunciamiento aparece pocos días después de otra controversia judicial en la provincia de Buenos Aires. Allí, la jueza de Lomas de Zamora Marta Pascual había dispuesto suspender temporalmente la aplicación del nuevo régimen en territorio bonaerense, aunque posteriormente la Cámara de Apelación y Garantías revocó esa medida y restituyó la vigencia de la ley.
La decisión de De Marinis, en cambio, se circunscribe exclusivamente al expediente bajo su análisis y no impide que el nuevo Régimen Penal Juvenil continúe vigente en el resto de los casos.
