En voto dividido, el Tribunal Oral Federal número cinco exculpó a todos los imputados en la etapa anterior a la realización del debate.
El fallo aclara que la sustanciación de la causa “no afectó el buen nombre y honor de que hubieran gozado”. Entre los sobreseídos están Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián De Sousa.
La vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner; sus hijos Máximo y Florencia; los empresarios Lázaro Báez, Fabián De Sousa y Cristóbal López y todos los demás imputados en la causa por presunto lavado de activos, dádivas y asociación ilícita en la explotación de las empresas hoteleras Los Sauces y Hotesur fueron sobreseídos por el Tribunal Oral Federal número cinco, en un fallo dividido.
El tribunal, por dos votos contra uno, consideró que la prueba reunida tras la elevación de la causa a juicio, especialmente un peritaje contable, demostró la inexistencia de perjuicio y, en consecuencia, también de delito.
“Aun cuando no pueda desconocerse la trascendencia que pesa sobre las investigaciones en los delitos contra la administración pública, no es posible soslayar que su persecución debe hacerse siempre con la ley en la mano y en plena observancia”, sostiene la resolución, de 375 páginas.
La Causa Los Sauces y Hotesur era la más complicada que aparecía en el horizonte judicial de la vicepresidenta y, de hecho, involucraba directamente a sus hijos, quienes estaban en camino al juicio oral junto con ella.
El sobreseimiento fue dictado por los jueces Adrián Grunberg y Daniel Obligado, con la disidencia de Adriana Palliotti, quien consideró que el planteo de los abogados de la familia Kirchner, Ary Lernovoy y Carlos Alberto Beraldi, debía ser rechazado.
Ello hubiera implicado la realización del juicio oral que, por ahora, no se realizará.
La decisión del tribunal oral es apelable ante la Cámara Federal de Casación Penal, la misma instancia judicial que atraviesa –por ejemplo- la causa por el Memorando de Entendimiento con Irán.
El voto de mayoría sostiene que ·”la extensión argumental de esta decisión, el detenido tratamiento del caso en él contenido, el relevamiento jurisprudencial y doctrinario formulado y las pormenorizadas respuestas otorgadas a cada uno de los argumentos expuestos por la Fiscalía testimonian el grado de escrutinio a que han sido sometidos los planteos defensistas”.
Los jueces resaltaron que el proceso al que estuvieron sometidos los hasta hoy imputados “no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”.
El fallo dispuso el sobreseimiento de la vicepresidenta; los empresarios a Osvaldo José Sanfelice, Alberto Oscar Leiva, Cristóbal Manuel López y Fabián De Sousa y a Máximo Carlos Kirchner, Florencia Kirchner, Lázaro Antonio Báez, Martín Antonio Báez, Adrián Esteban Berni, Víctor Alejandro Manzanares, César Gerardo Andrés, Ricardo Leandro Albornoz, Edith Magdalena Gelves, Romina de los Ángeles Mercado, Patricio Pereyra Arandia, Emilio Carlos Martín, Jorge Ernesto Bringas, Julio Enrique Mendoza, Martín Samuel Jacobs, Alejandro Fermín Ruiz, Carlos Alberto Sancho, Norma Beatriz Abuin, Leandro Antonio Báez, Luciana Sabrina Báez y Claudio Fernando Bustos.
Los jueces declararon también “la imposibilidad de proseguir el trámite de estas actuaciones respecto de Lázaro Antonio Báez y Cristina Fernández de Kirchner en orden al delito de asociación ilícita, por haberse conculcado la garantía de ne bis in ídem”, un principio jurídico que sostiene que nadie puede ser perseguido dos veces por un mismo delito. El tribunal consideró que ambos ya fueron investigados por esa figura.