Inocencia Fiscal: punto por punto, cómo es la ley de los “dólares en el colchón” que aprobó el Senado

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal, impulsado por el gobierno de Javier Milei, que introduce cambios profundos en el régimen penal tributario, modifica los mecanismos de fiscalización y establece un nuevo esquema simplificado para el Impuesto a las Ganancias.

La iniciativa busca dar previsibilidad a los contribuyentes, facilitar el cumplimiento fiscal y habilitar el uso de ahorros no declarados —conocidos como “dólares del colchón”— sin crear un blanqueo de capitales.

Sin blanqueo, pero con menos riesgo fiscal

Aunque el debate público asoció la ley a la exteriorización de dólares, el texto aprobado no crea un régimen de blanqueo ni modifica la estructura del Impuesto a las Ganancias. El objetivo es que los contribuyentes puedan utilizar ahorros de hasta 100 millones de pesos sin quedar automáticamente bajo sospecha penal, siempre que no exista una maniobra dolosa comprobada.

Principio de Inocencia Fiscal

Uno de los ejes centrales de la norma es el cambio de enfoque del Estado frente a los contribuyentes. La ley parte del principio de que las personas son cumplidoras salvo prueba en contrario, y limita las denuncias penales a casos donde existan elementos claros de evasión intencional.

De esta manera, la administración tributaria deberá concentrar los controles en situaciones con pruebas concretas y no en presunciones automáticas.

Nuevos montos para delitos de evasión

La ley actualiza los valores a partir de los cuales una infracción pasa del ámbito administrativo al penal, teniendo en cuenta la inflación acumulada desde 2017:

  • Evasión simple: el piso se eleva de $1,5 millones a $100 millones.
  • Evasión agravada: el mínimo sube de $15 millones a $1.000 millones.
  • Cuando se utilizan estructuras jurídicas o maniobras que dificultan identificar al responsable, el umbral pasa a $200 millones.
  • En casos de uso de facturación apócrifa, el delito se configura desde $100 millones, frente a los $1,5 millones vigentes hasta ahora.

La ley aclara que superar esos montos no implica automáticamente evasión: también debe probarse el incumplimiento intencional de una obligación tributaria.

Regularización y acción penal

Se mantiene la posibilidad de evitar la denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda y paga intereses antes de que se formalice la acusación. Sin embargo, este beneficio solo podrá utilizarse una vez por persona o empresa.

Además, no habrá persecución penal cuando las diferencias surjan de criterios interpretativos razonables, errores técnicos o presentaciones espontáneas previas a una inspección.

Extinción de la acción penal y prescripción

La norma establece que si el Estado ya no puede reclamar un impuesto por vía administrativa, tampoco podrá sostener una causa penal. Es decir, la acción penal se extingue junto con la prescripción tributaria.

A diferencia de otros delitos, no se habilitan acuerdos de conciliación o reparación integral para cerrar causas penales tributarias.

Penas específicas

Se fijan penas de dos a seis años de prisión para quienes simulen el pago de impuestos o aportes mediante documentación falsa, declaraciones engañosas o maniobras fraudulentas, cuando los montos superen determinados umbrales vinculados al salario mínimo.

Actualización automática de montos

Todos los valores previstos en la ley se actualizarán anualmente a partir del 1° de enero de 2027, según la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). La autoridad fiscal deberá publicar cada año los nuevos importes para evitar desactualizaciones por inflación.

Cambios en plazos y multas

La ley reduce los plazos de prescripción:

  • Para contribuyentes cumplidores, el plazo general baja de cinco a tres años.
  • Para no inscriptos, se mantiene en diez años.

También se eliminan suspensiones automáticas de prescripción y se ajustan los regímenes de multas, buscando mayor coherencia entre impuestos nacionales, provinciales y municipales.

Beneficios para personas y pymes

Se introducen reducciones de hasta el 90% en multas administrativas para personas humanas y pequeñas y medianas empresas, con el objetivo de aliviar la carga sancionatoria y fomentar el cumplimiento voluntario.

Ganancias: declaración jurada simplificada

La ley crea un régimen opcional simplificado para el Impuesto a las Ganancias destinado a personas humanas con:

  • Ingresos anuales de hasta $1.000 millones
  • Patrimonio de hasta $10.000 millones

En este esquema, la administración tributaria confecciona la declaración con la información disponible, y el contribuyente tributa en función de su facturación, sin tener que justificar variaciones patrimoniales, salvo inconsistencias graves.

Impacto en los “dólares del colchón”

El efecto sobre los ahorros no declarados es indirecto: al eliminar la obligación de justificar incrementos patrimoniales en el régimen simplificado y limitar las presunciones automáticas, se reduce el riesgo de fiscalizaciones por el uso de esos fondos.

La autoridad fiscal conserva, no obstante, la facultad de controlar e impugnar declaraciones cuando existan diferencias relevantes.

Un cambio que depende de la implementación

Desde el Gobierno reconocen que el alcance real de la reforma dependerá de la modernización del organismo recaudador y del uso de herramientas tecnológicas más eficientes. Sin ese avance, la evasión seguirá siendo un problema estructural.