El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que introduce modificaciones en distintos aspectos del régimen laboral argentino. La medida quedó oficializada mediante el Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, una semana después de que el proyecto obtuviera la aprobación definitiva en el Senado.

La norma, compuesta por 25 capítulos, incorpora cambios en materia de indemnizaciones, despidos, licencias, vacaciones, horas extras y funcionamiento sindical, además de establecer nuevos mecanismos para afrontar los costos derivados de la finalización de las relaciones laborales.
El proyecto había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero, pero generó controversia por el artículo 44, vinculado a las licencias médicas. Ese apartado planteaba la posibilidad de reducir hasta un 50 % del salario cuando la incapacidad para trabajar se debiera a actividades voluntarias que implicaran riesgos para la salud, y hasta un 75 % en casos de enfermedades crónicas. Finalmente, ese punto fue eliminado antes de su aprobación definitiva en Diputados.
Tras las modificaciones, el texto volvió al Senado y fue aprobado con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones, lo que permitió su sanción final.
Entre los cambios centrales, la ley redefine el régimen indemnizatorio por despido sin causa. El nuevo esquema establece una compensación equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, fijando criterios específicos para el cálculo de la remuneración y posibles topes.
Además, la normativa habilita que mediante convenios colectivos se pueda reemplazar ese sistema por un fondo o mecanismo de cese laboral, financiado por los empleadores.
En ese marco también se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a colaborar con el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas de la finalización de contratos de trabajo. Su financiamiento se realizará a través de aportes mensuales obligatorios: 1 % para grandes empresas y 2,5 % para micro, pequeñas y medianas empresas.
La ley también introduce cambios en la legislación sindical. Entre ellos, establece que las asambleas gremiales deberán realizarse sin afectar el normal funcionamiento de la empresa y requerirán autorización previa del empleador respecto al horario y duración. Asimismo, se consideran infracciones graves acciones como bloquear o tomar establecimientos laborales.
En cuanto a las vacaciones, el nuevo régimen dispone que deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con una notificación escrita al trabajador con al menos 30 días de anticipación, y permite dividir los períodos en fracciones mínimas de siete días.
La normativa también regula los llamados bancos de horas, permitiendo que empleador y trabajador acuerden por escrito un sistema para compensar las horas extras, siempre que exista un mecanismo formal de registro y control.
Finalmente, la ley aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la Administración Pública, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas digitales ni contratistas regulados por el Código Civil y Comercial.
Con su promulgación, la reforma laboral comenzó a regir oficialmente desde este viernes.
