La Justicia frenó de manera provisoria puntos centrales de la reforma laboral tras una presentación de la CGT

Un tribunal nacional del fuero laboral resolvió suspender de forma cautelar varios artículos de la reforma laboral recientemente sancionada, luego de un planteo impulsado por la CGT contra el Estado nacional. La medida fue adoptada en el marco de una acción judicial en la que la central sindical pidió que se declare la inconstitucionalidad de distintos puntos de la norma.

Desde la organización gremial sostuvieron que la ley introduce cambios regresivos sobre derechos de los trabajadores, tanto en el plano individual como colectivo, y advirtieron que podría afectar garantías reconocidas por la Constitución, entre ellas la tutela del trabajo, la actividad sindical y el principio de no retroceso en materia laboral.

Al analizar el pedido, el juez Raúl Ojeda entendió que existían elementos suficientes para dictar una cautelar y consideró que el reclamo presentado mostraba verosimilitud jurídica. En ese sentido, remarcó que en esta etapa del proceso no se exige una demostración definitiva del derecho invocado, sino indicios razonables que justifiquen una intervención preventiva.

El magistrado también validó la legitimidad de la CGT para promover este tipo de acción colectiva en representación de los trabajadores, al considerar que están en juego intereses vinculados a derechos laborales de alcance general. A su vez, advirtió que las disposiciones cuestionadas podrían generar un debilitamiento de la protección legal que ampara a los empleados y limitar herramientas propias de la organización sindical.

En su resolución, el juzgado destacó además que el control judicial resulta necesario cuando se discute la compatibilidad de una ley con la Constitución, y subrayó que esa tarea forma parte del equilibrio entre poderes del Estado. También hizo referencia al principio de progresividad, al señalar que cualquier modificación legislativa en materia laboral debe respetar parámetros constitucionales y evitar retrocesos sin justificación suficiente.

Por su parte, el Estado nacional había rechazado los argumentos de la central obrera y pidió que no se concediera la cautelar, al considerar que la norma fue dictada dentro de las facultades del Congreso y que una suspensión judicial afectaría el interés público. Sin embargo, el tribunal entendió que, mientras se analiza el fondo del expediente, corresponde mantener congelada la aplicación de los artículos cuestionados para evitar eventuales consecuencias irreversibles.

La decisión tiene carácter transitorio y seguirá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la reforma impugnada.