El Gobierno estableció una actualización mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil desde septiembre de 2026. La decisión se tomó luego de que sindicatos y empleadores no lograran un acuerdo en el Consejo del Salario.

El Gobierno nacional definió una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que comenzará a regir durante septiembre y continuará con incrementos mensuales hasta abril de 2027, cuando el piso salarial alcanzará los $437.000.
La medida quedó oficializada mediante la Resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial, luego de que representantes sindicales y empresarios no consiguieran arribar a un entendimiento durante la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo realizada el pasado 28 de agosto.
Ante la falta de consenso, el Ejecutivo volvió a establecer los montos de manera directa para los trabajadores comprendidos en el régimen general de contrato de trabajo, el sector agrario, la Administración Pública Nacional y otros organismos estatales alcanzados por la normativa.
Hasta agosto, el salario mínimo se encontraba fijado en $376.600 mensuales. A partir de septiembre pasará a $383.800 y continuará subiendo de forma escalonada durante los meses siguientes.
Cómo quedará el salario mínimo mes por mes
- Septiembre 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.
- Octubre 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
- Noviembre 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
- Diciembre 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
- Enero 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.
- Febrero 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.
- Marzo 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
- Abril 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.
De esta manera, entre agosto de 2026 y abril del próximo año el piso salarial acumulará una suba nominal de $60.400.
Por otra parte, la resolución también actualizó el cálculo de la prestación por desempleo. El beneficio equivaldrá al 75% de la mejor remuneración neta mensual percibida por el trabajador durante los seis meses anteriores a la finalización de la relación laboral.
La normativa además establece que el monto de esa prestación no podrá ubicarse por debajo del 50% del salario mínimo vigente ni superar el equivalente al 100% del SMVM.
Según estimaciones del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA-CONICET, el poder adquisitivo del salario mínimo acumuló una caída significativa en términos reales desde fines de 2023, en un contexto atravesado por el impacto de la inflación sobre los ingresos.
