Entró en vigencia el nuevo régimen penal juvenil: baja la edad de imputabilidad a 14 años y cambian las penas

La Ley 27.801 comenzó a regir este viernes y establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 17 años, con sanciones que van desde medidas educativas y restricciones hasta penas de prisión de acuerdo con la gravedad de cada delito.

Desde este 5 de septiembre comenzó a aplicarse en todo el país el nuevo régimen penal juvenil, una reforma que reemplaza el esquema vigente desde la década de 1980 y que introduce cambios importantes en la forma en que la Justicia deberá intervenir ante delitos cometidos por adolescentes.

Uno de los puntos centrales de la normativa es la reducción de la edad de imputabilidad a los 14 años. A partir de ahora, los jóvenes de entre 14 y 17 años podrán ser sometidos a proceso penal bajo un régimen especialmente diseñado para esa franja etaria.

La ley busca combinar la responsabilidad por los hechos cometidos con medidas destinadas a la educación, formación, reinserción social y prevención de nuevas conductas delictivas.

Qué sanciones contempla el nuevo sistema

El régimen establece diferentes respuestas según la gravedad del delito, las circunstancias del caso y los antecedentes del adolescente.

Entre las medidas previstas se encuentran amonestaciones, restricciones para acercarse a determinadas personas o lugares, prohibición de conducir, impedimento para salir del país o modificar el lugar de residencia, tareas comunitarias, reparación del daño y monitoreo electrónico.

En los casos más graves también podrá disponerse la privación de la libertad.

La detención podrá cumplirse bajo distintas modalidades: en el domicilio, en establecimientos de régimen abierto o en centros especializados para adolescentes.

De acuerdo con la nueva legislación, las condenas podrán alcanzar un máximo de 15 años de prisión, dependiendo del delito cometido.

En qué casos podrán aplicarse alternativas a la prisión

La norma establece que, cuando la pena prevista no supere los tres años, el juez podrá optar por medidas que no impliquen encierro.

También podrán utilizarse sanciones alternativas en delitos con penas de entre tres y diez años, aunque deberán cumplirse determinadas condiciones.

Para acceder a ese tipo de medidas, el hecho no deberá haber provocado la muerte de una persona ni haber involucrado violencia física o psicológica de especial gravedad. Además, se tendrá en cuenta que el adolescente no registre otras condenas ni causas penales relevantes en trámite.

En esas situaciones, el sistema deberá acompañar la sanción con herramientas vinculadas a la continuidad educativa, capacitación laboral, formación y comprensión de las consecuencias del delito.

Cómo deberán ser las detenciones de adolescentes

La legislación también fija reglas específicas para los casos en los que se disponga una privación de la libertad.

Los menores deberán permanecer en establecimientos especialmente preparados para adolescentes y no podrán compartir alojamiento con personas adultas.

Durante ese período deberán tener garantizado el acceso a la educación obligatoria, capacitación para el trabajo, actividades deportivas y programas de formación ciudadana.

El objetivo declarado por la ley es que la sanción no se limite al encierro, sino que incorpore herramientas destinadas a favorecer la reintegración social.

Responsabilidad de los padres e identidad protegida

Otro de los cambios incorporados establece la responsabilidad civil de los padres por los delitos cometidos por sus hijos menores de edad, de acuerdo con las condiciones que determine cada caso.

Al mismo tiempo, continúa vigente la obligación de proteger la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales.

No podrán difundirse nombres, fotografías, domicilios, datos familiares ni ningún otro elemento que permita identificar directa o indirectamente al menor.

Qué ocurre si incumplen una sanción alternativa

La nueva normativa también contempla qué deberá suceder cuando un adolescente no cumpla de manera injustificada con las medidas dispuestas por la Justicia.

En esos casos, el magistrado podrá reemplazar la sanción originalmente impuesta por otra de mayor severidad, siempre dentro de los parámetros establecidos por el régimen.

Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801 comienza así una nueva etapa del sistema penal juvenil argentino, con imputabilidad desde los 14 años, un esquema progresivo de sanciones y reglas diferenciadas para adolescentes de entre 14 y 17 años.