Condenan a Vialidad a indemnizar por daños por accidente debido a una calzada en mal estado

La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) fue condenada hoy a pagar una suma multimillonaria en concepto de indemnización por los daños que sufrió una mujer que chocó con su vehículo al tratar de esquivar unos pozos en una ruta, informaron fuentes judiciales.

El fallo, que confirmó el de primera instancia pero aumentó los montos indemnizatorios por “incapacidad sobreviniente” y daños síquico y moral, lo dictó la Sala H de la Cámara Nacional en lo civil, por el hecho registrado el 13 de mayo de 2012 en la localidad de El Pato, en el conurbano bonaerense.

Según consta en la causa, esa noche la mujer identificada por las siglas E.B.J.M. circulaba a bordo de su vehículo marca Peugeot 207 junto con su cónyuge por la Ruta 2, sentido sur-norte, cuando a la altura del kilómetro 36 se encontró con un par de pozos en la cinta asfáltica.

De acuerdo a las pruebas, en ese momento la mujer no pudo esquivar los pozos debido a la falta de señalización y la precaria iluminación.

Como consecuencia de esta situación, la mujer perdió el control del vehículo que impactó contra el guardarraíl de contención y al continuar la marcha chocó contra una columna de señalización vial, por lo que la pareja fue derivada al Hospital Gonnet, donde a los cónyuges se les hicieron las primeras curaciones.

E.B.J.M. sufrió una fractura multifragmentaria de húmero derecho, por lo que debió someterse intervención quirúrgica con fijación interna con placa y tornillos.

Al contestar la demanda, la DNV sostuvo que el accidente fue por culpa de la conductora, porque “no tomó los recaudos necesarios ya que, en caso de haber obrado con la prudencia debida habría evitado las consecuencias de lo ocurrido por circular “distraída” y con las luces reglamentarias apagadas.

A la mañana siguiente, según elementos de prueba aportados en la causa, personal de la empresa Occovi fue al lugar para arreglar el pozo, cuya existencia –y también la de otros en esa zona- fue corroborada por testigos que, al momento del siniestro, se desplazaban cerca del automóvil de la damnificada.

En contra de lo expuesto por la demandada –que mencionó “alta velocidad- las pericias indicaron que al momento del impacto E.B.J.M. circulaba a aproximadamente a 60 kilómetros por hora.

Por ello, la Sala H de la Cámara acotó que “la presencia de pozos en la ruta por donde circulaban los vehículos, constituye un vicio de la cosa por el que es particularmente previsible que ocurra un suceso dañoso frente a un servicio prestado en esas condiciones”.

Los camaristas José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper fijaron los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento psicológico en las sumas de 1.050.000, 550.000 y 96.000 pesos, respectivamente, más intereses desde la producción del hecho.