La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la venta, distribución y uso de una serie de productos cosméticos que se ofrecían por internet sin contar con registro sanitario en Argentina.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 3754/2026 y alcanza a productos de la marca “Tan orgánico”, entre ellos cremas autobronceantes, humectantes, exfoliantes, brumas faciales y mousse.
Según informó el organismo, los productos no tenían datos de inscripción sanitaria en sus rótulos. Además, tras realizar las verificaciones correspondientes, no se encontraron registros que coincidieran con la información declarada en los envases.
La investigación comenzó a partir de una notificación enviada desde la provincia de Córdoba. Luego, la ANMAT comprobó que los cosméticos también eran ofrecidos a través de canales digitales, por lo que se ordenó intervenir para retirar esas publicaciones.
Desde el organismo advirtieron que se trata de productos considerados ilegítimos, ya que no puede garantizarse su composición, seguridad ni eficacia. Tampoco se pudo determinar cuál fue el establecimiento responsable de su elaboración ni bajo qué condiciones fueron fabricados.
Por ese motivo, la ANMAT dispuso la prohibición de comercialización en todo el país hasta que los productos sean regularizados.
En paralelo, el organismo también prohibió el uso y la distribución de instrumental médico utilizado en procedimientos traumatológicos, tras notificarse el extravío de productos pertenecientes a una empresa del sector. En ese caso, se indicó que al quedar fuera del control del titular del registro no puede asegurarse su estado, integridad ni funcionamiento.
